RICORS24 – Publicidad y Logos

El artículo 21. Publicidad y acceso abierto, de la convocatoria regula lo siguiente:

  1. En las publicaciones y otros resultados, incluidas las publicaciones no científicas dirigidas a público no especializado, a los que puedan dar lugar las actuaciones subvencionadas,las entidades beneficiarias de las ayudas deberán dar difusión al carácter público de la financiación de la actividad subvencionada, haciendo referencia expresa y literal al “Instituto de Salud Carlos III (ISCIII)” como entidad financiadora: citando el código de identificación asignado a la ayuda, al Fondo Europeo correspondiente, en caso de que fueran cofinanciadas y/o a la Administración pública que participe en la cofinanciación. Además, los beneficiarios deberán adoptar las medidas de publicidad que se determine que estarán disponibles en la webwww.isciii.es.

Dicha difusión también alcanzará al etiquetado del material inventariable que se pudiera adquirir, en su caso, con las subvenciones concedidas, así como en los contratos laborales que se financien.

En todo caso, la referencia expresa y explícita a la financiación obtenida a través del Instituto de Salud Carlos III deberá quedar reflejada de forma clara y proporcional frente al resto de la financiación que se hubiera podido obtener de otras fuentes ajenas al ISCIII.

Por tanto es obligatorio incluir en la financiación lo siguiente: “RD24/00XX/00YY. Financiado por el Instituto de Salud Carlos III. Cofinanciado por la Unión Europea”

  1. Cuando los resultados de la actividad subvencionada no sean susceptibles de protección de derechos de propiedad industrial o intelectual, las publicaciones científicas resultantes de la financiación otorgada al amparo de la presente convocatoria deberán estar disponibles en acceso abierto, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.

A tales efectos, los autores optarán por publicar en revistas de acceso abierto o bien por autoarchivar en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, recogidos en la Plataforma Recolecta de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología u otros repositorios promovidos por las propias instituciones, los trabajos científicos que hayan sido aceptados para su publicación en publicaciones seriadas o periódicas. En todo caso, se recogerán también en el Repositorio Institucional de Salud del ISCIII, Repisalud.

  1. El ISCIII podrá requerir a las entidades beneficiarias la acreditación del cumplimiento de estas obligaciones. Su incumplimiento podrá conllevar la solicitud de reintegro de los fondos concedidos.

Junto a la resolución definitiva de concesión se colgaron unas instrucciones en las que tenéis más información respecto a la publicidad de los fondos que financian estas ayudas, https://sede.isciii.gob.es/anouncements_detail.jsp?pub=51395 que debéis leer.

Desde esta url podéis descargar los logos y la guía sobre su uso que debéis incluir en todos los documentos normalizados/contratos de personal/web que debéis utilizar:

https://www.isciii.es/financiacion/aes/cofinanciacion-ue

Adjunto también los logos del ISCIII y del Ministerio por si fueran de utilidad, añadiendo también el logo de la cofinanciación.