DIFUSIÓN DE RESULTADOS Y PUBLICIDAD DE LAS ENTIDADES FINANCIADORAS

Deben cumplir con las obligaciones en materia de información, comunicación y publicidad contempladas en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241, relativo alMecanismo de Recuperación y Resiliencia, sobre la financiación de la Unión Europea de
las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual,
páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:

a. El emblema de la Unión.
b. Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto “Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”;
c. Se usará también el logo del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia disponible en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
d. Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores normalizados establecidos en el Anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014.

También se puede consultar la siguiente página web:
http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm.
Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público.
En las publicaciones y otros resultados a los que puedan dar lugar las actuaciones subvencionadas, las entidades beneficiarias de las ayudas deberán dar difusión al carácter público de la financiación de la actividad subvencionada, haciendo referencia
expresa y literal al “Instituto de Salud Carlos III (ISCIII)” como entidad financiadora: citando el código de identificación asignado a la ayuda o propuesta y los fondos de Next Generation EU, que financian las actuaciones del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR).

Dicha difusión también alcanzará al etiquetado del material inventariable que se pudiera adquirir, en su caso, con las subvenciones concedidas.
La referencia expresa y explícita a la financiación obtenida a través del Instituto de Salud Carlos III deberá quedar reflejada de forma clara y proporcional frente al resto de la financiación que se hubiera podido obtener de otras fuentes ajenas al ISCIII.

Habrán de tener en cuenta estas directrices de publicidad de los fondos en contratos, tanto de personal como de bienes y servicios, que realicen en la ejecución de estas ayudas.